Supongamos un profesor de Universidad con docencia en el País Valenciano y especialista en Derecho Foral, por supuesto formado en la Universidad española. Imaginemos que nuestro protagonista decide publicar un artículo en una revista histórica francesa de nivel, como podría ser, por ejemplo, la clásica “Annales d'histoire économique et sociale“ (renombrada en 1994 como “Annales. Histoire, Sciences Sociales”). El artículo en cuestión versa sobre la situación geopolítica en los comienzos del siglo XIII del país de lengua Occitana que se encuentra al norte del Pirineo y al sur de las tierras controladas por la monarquía Franca, representada por la dinastía Capeto. En el mismo se intentan analizar las causas profundas de la “Cruzada” contra los albigenses y sus repercusiones en los reinos del entorno.
En este contexto, concretamente en 1213, tiene lugar la decisiva batalla de Muret. Nuestro “investigador” indica en su trabajo que el vencedor de la batalla, el rey capeto Felipe II llamado “Augusto”, a través de su general Simon de Montfort, ha logrado su triunfo contra “los moros” (sí, contra los “musulmanes”) que por entonces controlaban buena parte de la península Ibérica. Y se queda absolutamente tranquilo y contento con su aportación, a través del evento citado, a la comprensión de esa época en Europa.
Por una parte es fácil constatar la ignorancia de nuestro profesor sobre la realidad política de esa época. Es evidente que en ese momento el conflicto no se establecía entre la monarquía franca y los “moros”, sino entre dicha monarquía y los intereses catalano-aragoneses en su influencia occitana personificados en el rey Pedro II de Aragón, que es quien realmente fue derrotado en Muret.
No obstante, pienso que el asunto es todavía más grave. Un profesor concreto puede ser ignorante de determinados hechos e, incluso, puede tener una equivocación, pero una revista que se precie de científica, que pretenda reunir los requisitos para ser aceptada como tal en la comunidad de historiadores, debería ejercitar su labor de “revisión crítica” previa. Tal revista debería contar con un grupo de trabajo que examinara cualquier trabajo candidato a su publicación. De este modo se evitarían errores de bulto, mediante la indicación al autor de las correcciones necesarias o, simplemente, denegando su aparición. Estoy seguro de que los “Annales” lo tienen.
Ahora vamos a realizar un pequeño ejercicio de transposición de personas, situaciones y hechos. Sustituiremos a nuestro hipotético profesor de la Universidad Valenciana por una profesora real de “l’Université de Pau et des Pays de l’Adour”, formada en la Universidad francesa. La revista de la publicación va a ser la renombrada RIEV (“Revista Internacional de los Estudios Vascos”) editada por Eusko Ikaskuntza. Vamos a proceder también a cambiar el entorno geopolítico, pero sin mudar apenas de época, para que las semejanzas sean más importantes. Nos vamos a ubicar en la Navarra de finales del siglo XII en el momento en que el rey Alfonso VIII de Castilla conquista Vitoria, el Duranguesado y el territorio que actualmente corresponde, aproximadamente, a Gipuzkoa.
En el último número aparecido de la citada RIEV (52-1, enero-junio 2007), en su página 81, se encuentra un artículo titulado “La resistance des Basques à la pénétration du Droit Romain. L’exemple du Pays basque de France”. Aparte de muchas y variadas consideraciones sobre la interpretación que se ofrece en el mismo de las historia de Vasconia a lo largo de la etapa que va desde la ocupación romana hasta los siglos de “consolidación” del llamado “sistema foral vascongado” bajo el reino de Castilla (fundamentalmente el siglo XV), en el último párrafo de su página 83 aparece una “perla” como la que cito textualmente en francés:
“En Alava, terre reconquise sur les Maures par le roi de Castille en 1199, les coutumes ne furent rédigées que dans la seigneurie d’Ayala, en 1373...”
Traduzco, por si algún lector no se encuentra muy fuerte en el dicho idioma:
“En Alava, tierra reconquistada a los Moros por el rey de Castilla en 1199, las “costumbres” (“usos y costumbres”, en la terminología foral clásica) no se redactaron más que en el señorío de Ayala, en 1373...”
Es posible que la autora del trabajo publicado en la RIEV ignore que Vitoria fue conquistada por Castilla al reino de Navarra en la época de Sancho VII “el Fuerte”, que su fuero fue otorgado en 1181 por el rey navarro Sancho VI “el Sabio” y que resistió un sitio de largos meses hasta su rendición. Es posible, también, que ignore el nombre del tenente navarro responsable de su defensa, Martín Chipia o Mattin Ttipia.
Lo que no resulta tolerable es que semejante dislate aparezca en una publicación que se pretende científica y seria como la RIEV. ¿Dónde están sus “revisores críticos” de los textos recibidos? Y, suponiendo que existan, ¿presentan el mismo nivel de desconocimiento de la realidad histórica de nuestro país que la autora del trabajo? ¿O han tenido, a su vez, otro “lapsus”?
Un enorme suspenso, sobre todo a la Revista Internacional de los Estudios Vascos.
Publicado en Haria, número 21, marzo de 2008
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